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Federación española de enfermedades raras

Decisión de Ejecución de la Comisión Europea

Decision delegada de la comisión europea del 10 de marzo de 2014 por la que se establecen los criterios para la creación y evaluación de las redes europeas de referencia de sus miembros, y se facilita el intercambio de información y conocimientos en materia de creación y evaluación de tales redes

Categoría

Normativas Estatales y Autonómicas

Fecha del documento

Autoría

Comisión Europea

Decisión de ejecución de la Comisión Europea por la que se fijan los criterios para la creación y evaluación de las redes europeas de referencia y de sus miembros, y se facilita el intercambio de información y conocimientos en materia de creación y evaluación de tales redes.

LA COMISIÓN EUROPEA, Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, Vista la Directiva 2011/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2011, relativa a la aplicación de los derechos de los pacientes en la asistencia sanitaria transfronteriza1, y, en particular, su artículo 12, apartado 4, letras b) y c),

Considerando lo siguiente:
(1) Mediante la Decisión Delegada 2014/xx/UE de la Comisión [por la que se complementa la Directiva 2011/24/UE], se establecen los criterios y las condiciones que deben cumplir las redes europeas de referencia («las redes») y los prestadores de asistencia sanitaria que deseen formar parte de dichas redes.

(2) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12, apartado 4, letras b) y c), de la Directiva 2011/24/UE, la Comisión debe decidir los criterios de creación y evaluación
de las redes y las medidas para facilitar el intercambio de información y conocimientos en materia de creación y evaluación de redes.

(3) Tanto la creación de las redes como la admisión de prestadores de asistencia sanitaria en calidad de miembros de estas debe tener lugar mediante un procedimiento abierto y transparente. El procedimiento debe incluir:

1) la convocatoria de manifestaciones de interés;

2) el apoyo de los Estados miembros a las solicitudes de los prestadores de
asistencia establecidos en su territorio;

3) la presentación de las solicitudes a la
Comisión;

4) la comprobación de que las solicitudes estén completas;

5) la valoración técnica por parte de un organismo independiente de las solicitudes para la constitución
de las redes y de las solicitudes de los prestadores de asistencia sanitaria que deseen
ser miembros de redes, con objeto de determinar si los solicitantes cumplen los
criterios correspondientes;

6) la comunicación de los resultados de la valoración;

7) la aprobación de las redes y de su composición por parte de los Estados miembros, y 8)
la publicación de la lista de redes que se hayan creado y de sus miembros.

Decisión de Ejecución de la Comisión Europea
Decision delegada de la comisión europea del 10 de marzo de 2014 por la que se establecen los criterios para la creación y evaluación de las redes europeas de referencia de sus miembros, y se facilita el intercambio de información y conocimientos en materia de creación y evaluación de tales redes